DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta con fecha veinticinco (25) de Marzo de dos mil tres (2003), por la Abogada en Ejercicio ROSSANGEL BOSCÁN CARDENAS, en su condición de Apoderada Judicial del ciudadano TRINO JOSÉ RODRÍGUEZ AROCA, ambos plenamente identificados con anterioridad, en los términos señalados en la parte motiva de este Fallo.
SEGUNDO: CONFIRMA PARCIALMENTE la Sentencia Interlocutoria dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, de fecha diecinueve (19) de Marzo del año dos mil tres (2003). Y,
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se exime del pago de las costas.....