En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se agota la cognición de la presente causa por éste Tribunal, a través de la cual en fecha 07 de octubre de 2014 el abogado AVILIO BOSCÁN RINCÓN, actuando como apoderado judicial de la ciudadana EMILIA ELIZABETH LOPEZ OLIVARES, apeló de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 30 de septiembre de 2014, en el juicio que por DECLARACIÓN DE UNIÓN sigue la ciudadana EMILIA ELIZABETH LOPEZ OLIVARES, antes identificada, en contra del ciudadano DANIEL ENRIQUE VIVAS LANDINO, todos plenamente identificados.
SEGUNDO: Se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Segundo de Primera Instan.....