Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte actora, Abogado en ejercicio JOSÉ JESÚS MEDINA YEDRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número. 25.922, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha dieciocho (18) de octubre del año 2010, por los motivos expuestos en el presente fallo.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha dieciocho (18) de octubre del año 2010, en el juicio contentivo de procedimiento de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN.....