PRIMERO: CON LUGAR, la actividad recursiva ejercida en fecha 26 de abril de 2018, por la abogada en ejercicio YAJAIRA SOTO DE TOLEDO, identificada en actas, actuando en nombre propio y representación, contra la sentencia proferida en fecha 24 de mayo de 2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado de declarar INADMISIBLE la demanda de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES intentada por la abogada en ejercicio YAJAIRA SOTO DE TOLEDO, contra los ciudadanos SONIA CHIQUINQUIRÁ HERNÁNDEZ PARRA, ANDREÍNA CHIQUINQUIRÁ HERNÁNDEZ PARRA, BEDA EVALINA HERNÁNDEZ DE VERGEL, JACQUELINE BEATRIZ HERNÁNDEZ PARRA, LUCINDA DEL CARMEN HERNÁNDEZ PARRA, ELIZABETH COROMOTO HERÁNDEZ DE CONTRERAS, JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ PARRA, y HERIBERTO JOSÉ HERNÁNDEZ PARRA, todos plenamente identificados en actas, y por lo tanto, NULAS todas las actuaciones realizadas a p.....