ÚNICO: SE ORDENA LA ACUMULACIÓN DE APELACIONES en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 291 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia, SE ORDENA OFICIAR al mencionado Juzgado Superior, a los fines que remita a esta Superioridad el cuaderno o pieza de apelación signado con el No. 13.502; por cuanto en este Tribunal, cursa apelación contra la sentencia que puso fin al proceso, dictada en fecha 26 de marzo de 2021, tomando en consideración que las decisiones pudiesen resultar contradictorias entre sí.