DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, éste Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de nulidad de acto administrativo interpuesto por la ciudadana CLAUDIA MILENA ATUESTA MEZA, en contra de la Providencia Administrativa N° 264, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 21 de Diciembre de 2007, contenida en el expediente N° 042-2007-01-00945, en la cual se declaró sin lugar la solicitud de calificación de despido incoada por la ciudadana CLAUDIA MILENA ATUESTA MEZA contra la empresa Óptica Caroní, C.A., en consecuencia se declara la nulidad de la Providencia Administrativa identificada.
No hay condenatoria en costas por gozar la República del privilegio establecido en el artículo 76 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial .....