DECISIÓN
Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, realizado por el ciudadano José Gregorio Pájaro Gómez, titular de la cedula de identidad Nº E-84.500.767, el cual adquiere fuerza de cosa juzgada.
SEGUNDO: LEVANTA LA MEDIDA CAUTELAR, decretada en fecha 02 de septiembre de 2014, solicitada por el accionante ciudadano José Gregorio Pájaro Gómez, arriba identificado.
TERCERO: ORDENA NOTIFICAR DE LA PRESENTE DECISIÓN al Rector de la Universidad del Zulia, al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, al Fiscal Vigésimo del Ministerio Público y a los ciudadanos Martha Zúñiga, Nidia Devonish, Jhonny Velásquez y Graciela Sánchez, en su condición de miembros del Comité Académico de la Especialidad de Anestesiología de la Facultad de Medicina de la Universidad del Zulia.
PUBLIQUESE, REGÍSTRESE, .....