JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dispone:
PRIMERO: SE DECLARA PROCEDENTE la medida cautelar de amparo constitucional solicitada por el ciudadano Carmelo Ramón Villacinda Velarde.
SEGUNDO: SE SUSPENDEN LOS EFECTOS del acto administrativo contenido en el oficio No. CMMM-DCMI-14-024 de fecha 15 de octubre de 2014 suscrito por el Contralor Municipal Interino del municipio Miranda del estado Zulia.
TERCERO: SE ORDENA el pago de la pensión de jubilación a partir de la publicación de la presente decisión.