Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer la presente acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano CARLOS ALBERTO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad No. V-9.392.612, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 113.343, contra el ciudadano ALCALDE DEL MUNICIPIO FRANCISCO JAVIER PULGAR DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: Se declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por ABANDONO DEL TRAMITE de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHIVESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimi.....