JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada por el bogado Cesar Farías, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 80.588, actuando en su condición de apoderado judicial del FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS, sobre un (1) inmueble propiedad del ciudadano Nerio Jose Leal Bohórquez, titular de la cédula de identidad No. 5.060.563, signado con el No. C-6, situado en la Planta Baja del Edificio San Lorenzo, (Torre Oeste) que junto con el Edificio San Timoteo (Torre Este) forman el Conjunto Residencial La Ceiba, ubicado entre la calle 64, antes calle San Benito y Avenida 4, sector Bella Vista, en la Ciudad de Maracaibo del estado Zulia, adquirido según documento de propiedad registrado ante la Of.....