Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, SALA DE JUICIO, JUEZ PROFESIONAL UNIPERSONAL No. 02, en la persona de la ABOGADA ZULIMA BOSCÁN VÁSQUEZ, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A.- CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por la ciudadana: MAYURI THAIS DÁVILA ZERPA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. V-6.285.257, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, representada por la Abogada en Ejercicio CATERINA NASTASI GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 109.548, en contra del ciudadano: HIRAN JOSÉ RANGEL CEBALLO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. V-8.035.493, domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, representado por la Defensor Ad Litem designada por este Tribunal, la Abogad.....