Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, SALA DE JUICIO, JUEZ UNIPERSONAL No. 02, ABOGADA ZULIMA BOSCAN VASQUEZ, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a.- CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por el ciudadano: OMER ALI MONTERO ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.329.874 y domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia., contra la ciudadana AGAR SARAI PEREZ SEGOVIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.159.355 y con domicilio en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, y disuelto el vinculo matrimonial que contrajeron en fecha Diecisiete (17) de Mayo de Dos Mil Dos (2.002), por ante el Consejo Municipal de Lagunillas del Estado Zulia.
b) La Niña: CUYO NOMBRE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL.....