Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, SALA DE JUICIO, JUEZ PROFESIONAL UNIPERSONAL No. 02, ABOGADA ZULIMA BOSCAN VASQUEZ, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a.-CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por el ciudadano: GERARDO ANTONIO CASANOVA ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.706.143 y domiciliado en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, contra la ciudadana BELKIS TERESA GARCIA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.106.045 y con domicilio en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia y disuelto el vinculo matrimonial que contrajeron en fecha Catorce (14) de Diciembre de Mil Novecientos Ochenta y Cinco (1985), por ante la Prefectura del Municipio Ayacucho del Estado Táchira.
b) El adolescente: c.....