Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio- Juez Unipersonal Nº 4, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) LA PERENCION DE INSTANCIA en el presente juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA, Incoado por la ciudadana KELLY JANETH LEAL FARIA, titular de la cédula de identidad No. V-9.750.776, asistida por el Abogado JAVIER FUENMAYOR, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.183, en contra del ciudadano DOMINGO GUZMAN VELAZQUEZ, a vor y único interés de los niños (es omitido su nombre por razones de confidencialidad).
b) MANTIENE EN VIGENCIA por el lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de que quede firme la decisión dictada por este Tribunal de Protección, las medidas preventivas decretadas por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, .....