PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 4, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos CARLOS ALBERTO GUERRA TORRES y ANDREINA JOSELYN PRIETO GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos V-16.834.031 y V.-15.411.877, respectivamente.
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que contrajeron por el Jefe Civil y Secretaría de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en fecha 23 de diciembre de 2004, según se evidencia del acta de matrimonio número 416, expedida de mencionada autoridad.-
c) Con respecto de la niña SE OMITE EL NOMBRE DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES POR RAZONES DE C.....