CONCEDE la autorización solicitada por las ciudadanas ARCELIA MARGARITA DIAZ CASTILLO y CARMEN LOURDES CORONADO CEDEÑO, ya identificadas para que en representación de los niños y adolescente (SE OMITE EL NOMBRE PO RRAZON DE CONFIDENCIALIDAD); reciban por separado un (1) cheque de gerencia a nombre del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 4; las cantidades de dinero que a los mismos les corresponda, dejadas al fallecimiento del ciudadano JHON HENRY APONTE FUENMAYOR, sin prejuicio a que hubiera lugar para con el Fisco Nacional. ASÍ SE DECIDE.-