a) SIN LUGAR, la solicitud de Divorcio basada en las causales segunda y tercera del artículo 185 de Código Civil, vale decir, el abandono voluntario y los y los excesos, sevicias e injurias graves que hagan imposible la vida en común, formulada por la ciudadana ELVIRA MARIA ORTIZ SILVA, en contra del ciudadano JOSÉ GERARDO ARELLANO ANGULO.
b) Suspendidas las medidas decretadas en fecha 23 de marzo de 2010, mediante sentencia interlocutoria N° 153, referidas al cincuenta (50%) de las utilidades, bonificación especial de fin de año, vacaciones o bono vacacional, prestaciones sociales, antigüedad, retroactivo, caja de ahorros, fideicomiso y sobre cualquier otro concepto que le pueda corresponder al reclamado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral, quien labora en la Escuela Básica Nacional Jorge Washington.