declara Con Lugar la solicitud de Divorcio basada en el articulo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos ALBERTO JOSE ROMERO y NORGI ESTHER CASTILLO CAMPI, ya identificados, y en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que contrajeron por ante el Prefecto y Secretario del Municipio Lagunillas, Distrito Lagunillas del Estado Zulia, en fecha Veintiuno (21) de Septiembre de Mil Novecientos Ochenta y Cinco (1985), según se evidencia de la copia certificada de acta de matrimonio No.327, expedida por la mencionada autoridad. ASÍ SE DECIDE.-
Con respecto a los hijos habidos dentro del matrimonio, la patria potestad será ejercida por ambos progenitores. La guarda y custodia será ejercida por su madre NORGI ESTHER CASTILLO CAMPI, ya identificada, quien continuara habitando el inmueble que constituyo el hogar conyugal. En cuanto al Régimen de Visitas, se estableció para las visitas del padre un régimen abierto, siempre y cuando no interfiera con las actividades .....