a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos Miguel Jesús Carrasquero Rojas y Janeth Beatriz Urdaneta, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-9.749.564 y V-10.448.947, respectivamente.
b) Disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron ante el Jefe Civil de la Parroquia José Ramón Yepez del municipio Jesús Enrique Lossada del estado Zulia, el día veintiuno (21) de noviembre de 1987, como consta en la copia certificada del acta de matrimonio No. 260, expedida por la mencionada autoridad.
c) En relación con el régimen del adolescente: la patria potestad será ejercida conjuntamente por ambos progenitores, en cuanto al ejercicio de la responsabilidad de crianza, régimen de convivencia familiar y la obligación de manutención, el Tribunal acoge lo establecido por los progenitores de común acuerdo, ya narrado en la presente decisión.