Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal Nº 3, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PROCEDENTE la solicitud de restitución de custodia interpuesta por la ciudadana Kein Jeniffer Prada Bran, portadora de la cédula de identidad N° V-17.581.972, en contra del ciudadano Junior Benito Bracho Urdaneta, portador de la cédula de identidad N° V-16.467.879, en relación con el niño X, en consecuencia, se ratifica la restitución de custodia del niño X, a la progenitora ciudadana Kein Jeniffer Prada Bran, portadora de la cédula de identidad Nº V-17.581.972. Así se decide.