Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03 de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
Inadmisible la presente demanda de Acción Mero Declarativa de Concubinato, incoada por la ciudadana Yuly del Carmen Quintero Machado, portadora de la cédula de identidad No. V-15.058.171, actuando en su propio nombre, en contra de la adolescente x, en relación al de cujus Ángel Alfredo Villalobos González, quien en vida fuere portador de la cédula de identidad N° V-10.418.472.
Ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como la devolución de los documentos originales consignados. Así se decide.