Por los fundamentos expuestos esta Sala de Juicio Unipersonal No. 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
1. CON LUGAR: la acción de Divorcio intentada por la ciudadana Patricia Margarita Morales Fuenmayor, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº 9.714.780, en contra del ciudadano José Gregorio Finol, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 5.170.723; en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial existente entre ellos.
2. RÉGIMEN DE LOS HIJOS:
a) La Patria Potestad de los niños y/o adolescentes Daniel David y Andrés Alberto Finol Morales, de 12 y 8 años de edad respectivamente; será compartida por ambos progenitores.
b) La Responsabilidad de Crianza será ejercida por ambos y la custodia será ejercida por su progenit.....