PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Declara a la adolescente: XXX y al ciudadano Edgar José Pirela Márquez, titulares de las cédulas de identidad No. V- 25.803.462 y V- 18.824.882, respectivamente y a los ciudadanos: Egilda Rosa, Luzmila Margarita, Ana Edilia, Maritza del Carmen y José Eladio Márquez, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-9.201.782, V- 9.006.046, V- 5.108.251, V- 9.029.952 y V- 10.413.643, respectivamente; en su condición de nietos los dos primeros y los cinco últimos en su condición de hijos, como Únicos y Universales Herederos de la de cujus Ana Lucia Márquez, quien era titular de la cédula de identidad No. V-. 4.699.058, quien falleció en fecha nueve (09) de junio de 2008, según acta de defunción No. 134.
Se dejan a salvo los derechos a terceros.
Dada, firmada y sellada en l.....