¿ Aprueba y homologa el convenimiento celebrado entre las partes, en todos y cada uno de sus términos, otorgándole a la presente decisión el carácter de cosa juzgada formal. Así se decide.-
¿ No se ordena la notificación del Fiscal del Ministerio Público con fundamento en lo establecido en la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia de fecha 15 de mayo de 2002, con ponencia del Magistrado Pedro Rafael Rondon Haaz. Así se declara.-
¿ Con el presente acuerdo quedan modificados los términos de la sentencia signada bajo el No. 21, de fecha 10 de febrero de 2011, dictada por el Juez Unipersonal No. 4 de esta misma Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el juicio de Divorcio 185-A iniciado por los ciudadanos Rubén Gerardo Ríos Sánchez y Ytala Carolina Nava Sarcos, en lo que respecta al Régimen de Convivencia Familiar.