Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. DECLARA CON LUGAR la presente demanda por Obligación de Manutención (Obligación Alimentaria) interpuesta por la ciudadana Eleida del Coromoto Fernández González, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-13.623.736, en contra del ciudadano Euro Enrique González Paz, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-10.000.357. Así se decide.-
2. FIJA como obligación de manutención mensual para las niñas de autos, el treinta y nueve por ciento (39%) del salario integral que devengue mensualmente el ciudadano Euro Enrique González Paz, luego de hechas las deducciones de ley.
3. FIJA para el mes de septiembre un veinte por ciento (20%) adicional pa.....