PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal Nº 02, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) CON LUGAR la solicitud de conversión de Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio requerida por los ciudadanos WUENDY DEL CARMEN ARAUJO PADILLA y ULICES DE JESUS RODRIGUEZ GONZALEZ, ya identificados.
b) DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Manuel Danigno del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha doce (12) de Julio de dos mil (2.000), según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nro. 131.
c) SE ORDENA expedir copias certificadas solicitadas.