AUTORIZACION SUFICIENTE a la ciudadana LISMAR SARAY QUERALES MEDRANO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nª 16.457.530 para que en su carácter de Curador Especial de la adolescente de autos adquiera para ella los derechos de propiedad, dominio y posesión que tiene los ciudadanos LEONARDO GREGORIO QUERALES LEAL y LISMAR COROMOTO MEDRANO DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.821.679 y 6.833.265 respectivamente, plenamente identificados en actas, sobre un inmueble formado por un apartamento situado en el Conjunto Residencial AGUA LINDA, edificio Rio Claro, octavo piso, signado con el Nº 8C, ubicado en la avenida 19C entre calles 101 (La Cañonera) y el Callejón Lido, en Jurisdicción de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según documento registrado por ante la Oficina Subalterna del Tercer Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 26 de Diciembre de 1990, bajo el .....