resuelve:
Designar Curador Ad Hoc de la adolescente: MARIANA LUCIA MENDOZA MACHADO, al ciudadano (a) NELSON MACHADO, venezolano (a), mayor de edad, portador (a) de la cédula de identidad V.- No. V.-4.053.866 de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil.-
Devuélvanse el original de lo actuando a la parte interesada, dejando copia certificada del presente fallo.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sala de Juicio, Despacho del Juez Unipersonal No. 1, en la ciudad de Maracaibo, el veinticuatro (24) de Enero de 2008. Año 197° de la Independencia y 148º de la Federación.
El Juez Unipersonal No. 1: (Temporal)
ABG. ANNELIESE GONZALEZ.
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