declara:
a) CON LUGAR la demanda de Reclamación Alimentaria, intentada por la ciudadana VIRGINIA MARÍA ROMAN SOTO, en contra del ciudadano ROONIER JOSE SALAS SALAS, a favor de la niña, JENNIFER LOURDES SALAS ROMAN, ya identificada. Ahora bien para establecer el monto de la pensión alimentaria este Juez Unipersonal Nº 1, atendiendo a las necesidades del niño de autos y la capacidad económica de las partes, fija como pensión alimentaria mensual la cantidad equivalente a un (1) salario mínimo, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de cuatrocientos cinco mil Bolívares (Bs. 405.000,oo) lo que quiere decir que la cantidad a pagar por el ciudadano ROONIER JOSE SALAS SALAS es de cuatrocientos cinco mil Bolívares (Bs. 405.000,oo). Para el momento en que se incremente el salario mínimo para los trabajadores del País, en esa misma proporción será aumentada automáticamente la pensión alimentaria. En el mes de septiembre para.....