Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio- Juez unipersonal No. 1, administrando justicia en nombre de la Republica bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente Juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA, introducido por los abogados y socióloga MARLON BARRETO RIOS, GUSTAVO VILLALOBOS Y FANNY, en su carácter de consejeros en beneficio del niño SERGIO MIGUEL GALUE GARCIA, representado por la ciudadana MARIA DEL CARMEN GALUE GARCIA, en contra del ciudadano RUBEN DARIO ESCARAY BALLESTEROS, antes identificados.
b) No hay costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.