Único: Se ordena notificar a los ciudadanos Eleuda Gutiérrez de Navarro y Ender Navarro Gutiérrez, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad números 5.054.765 y 7.710.329, sobre la apertura del lapso de emplazamiento, a fin de que dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes a la constancia en actas de la última de las notificaciones, den contestación a la pretensión formulada en su contra. Líbrense boletas de notificación las cuales debe acompañar copia certificada del escrito de reforma de la demanda y de la presente resolución