Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes trascritos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la le Ley, declara: LA PERENCIÓN DE INSTANCIA en el juicio por COBRO DE BOLÍVARES, incoado por la sociedad mercantil AGROPECUARIA GAPONSA, S.A., ya descrita, contra la firma mercantil PROCESADORA AGRO-INDUSTRIAL COLON, S.A., también descrita.-