DISPOSITIVO.-
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE CO-ADMINISTRACIÓN, sobre el predio rustico denominado CASA GRANDE, el cual ésta ubicado en el sector calle Venezuela, jurisdicción de la parroquia y Municipio Jesús María Semprúm del estado Zulia, el cual quedó con una superficie real de SETENTA y DOS HECTÁREAS CON OCHO MIL CATORCE METROS CUADRADOS (72 Has. 8014 Mts²), de tierras propias, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: En parte con propiedad del consejo comunal puerto Paloma y en parte con fundo Las Delicias, que es o fue de Aldrin Guizzetti Palmar; SUR: Batallón de cazadores Coronel Caledonio Sánchez, con la Urbanización Alfonso Cobos, con Elio Portillo y Felipe Pedrozo; ESTE: Lote de Terreno que es o fue de F.....