por lo tanto, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Levanta la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el Fundo Agropecuario propiedad de la ciudadana BECCI MARTINEZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 4.015.007, ubicado a la margen izquierda de la carretera nacional que conduce de Mene Grande a agua viva, sector san pablo, en jurisdicción de la Parroquia Libertador del Municipio Baralt del Estado Zulia, compuesto por una superficie que se dice ser baldío con una extensión aproximada de ciento noventa y seis hectáreas (196 has) y comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Linda con el fundo agropecuario La Represa y fundo agropecuario propiedad de Evaristo Barreto, SUR: Linda con vía de penetración, fundo agropecuario de Juan Heredia y parte del río San Pedro; ESTE: lo divide una vía de penet.....