Por lo tanto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en atención a lo antes explanado, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCION de este Despacho Judicial para seguir conociendo la presente acción incoada por FERNANDO CONTRERAS en contra de la SIMON MONTES, SALA HELINDA, FIDEL GARCIA Y OTROS, por disposición de la Ley, por lo que, en consecuencia de la declaratoria, ut supra, este Jurisdicente, levanta la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA DE LA NACIÓN, decretada sobre el Fundo Denominado SAN MIGUEL, ubicado en Jurisdicción del Municipio Catatumbo del Estado Zulia..."
Por lo antes expuesto, este Tribunal ordena la remisión del presente Expediente en su forma original al Tribunal Supremo de Justicia. Sala Político Administrativo, de conformidad con lo establecido 62 del Código de Procedimiento Civil.- .....