DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) CON LUGAR LA OPOSICIÓN DE TERCERO formulada por la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA MONTE SACRO, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, el primero (01) de diciembre de mil novecientos noventa y ocho (1998), bajo el número 16, Tomo 46-A, siendo su última modificación inscrita ante esa misma oficina de Registro Mercantil, el día diecinueve (19) de junio de dos mil catorce (2014), bajo el número 8. Tomo 54-ARN4TO; contra la medida de prohibición de enajenar y gravar dictada por este tribunal en fecha dieciocho (18) de junio de dos mil catorce (2014).
2°) SE SUSPENDE LA MEDIDA CAUTELAR de prohibición de enajenar y gravar dictada por este tribunal en fecha die.....