Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la presente demanda de QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO incoada por el ciudadano MISAEL ANTONIO REYES en contra de MIGUEL JOSE MARTINEZ LUZARDO. ASÍ SE DECIDE.
No han condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.