Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
CON LUGAR la INHIBICION de la Juez Tercero de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, con motivo del juicio que por COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue la abogada YIRAIDA FEBRES LOPEZ en contra del ciudadano AMABLE ANTONIO LEON GONZALEZ.-
Se ordena expedir copias certificadas de la presente resolución y remítase con oficio.-
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.-