DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, RESUELVE lo siguiente:
PRIMERO: Se NIEGA el pedimento de Medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada por el Apoderado Judicial de la parte demandante, JOSÉ GREGORIO BRACHO BALESTRINI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.864.483, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.853, actuando como Apoderado Judicial de BARBARA ROSA ULLOA DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.717.546, parte demandante en la presente causa, en los escritos de solicitud de medidas de fechas 13/06/2022 y 23/11/2022. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE a la parte demandante, incluso en la página Web del T.....