Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
1.-) CON LUGAR, la demanda por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN), seguida por la sociedad mercantil SERVICIOS PEROZO C.A. (SERPECA), en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y SOLDADURAS PIÑA C.A. (CONSOPCA), plenamente identificados en actas.
2.-) Se condena a la parte demandada sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y SOLDADURAS PIÑA C.A. (CONSOPCA), al pago de la cantidad de SESENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 40/100 (Bs. 69.661.934,40), equivalentes al día de hoy a SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UN BOLÍVARES FUERTES CON 93/100 (Bs. F 69.661.93) monto de la obligación demandada, más los intereses legales calcul.....