Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
1.- LA PERENCION ANUAL DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE PRESTAMO seguido por la sociedad mercantil ZARAMELLA & PAVAN CONSTRUCTION COMPANY, S.A.", en contra de la sociedad mercantil P.G. CONSTRUCCIONES, C.A., identificadas en la parte narrativa de este fallo.
2.- No se hace pronunciamiento sobre costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese; Insértese y Notifíquese.