DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: TERMINADO el presente incidente de TACHA, propuesto por MARIA GRACIELA OROZCO DE BUITRAGO y RODRIGO VARGAS ARENA, antes identificados, en el Juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS seguido por MARIA GRACIELA OROZCO DE BUITRAGO y RODRIGO VARGAS ARENA, plenamente identificados. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Se ordena el archivo del expediente en la oportunidad legal correspondiente.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, en virtud de la presente decisión.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE a la parte demandante, incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, así como en la página www.zulia.scc.org.ve. Déjese copia por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248.....