Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
1.-) SIN LUGAR, la demanda por COBRO DE BOLIVARES, seguida por BANCO MERCANTIL, BANCO UNIVERSAL, en contra de la sociedad mercantil ONYX, C.A y el ciudadano PABLO CURIEL, plenamente identificados en actas.
4.-) Se condena en costas a la parte demandante, por haber sido vencida en el presente proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.