DECLARA:
a) HOMOLOGADO CONVENIMIENTO formulado por la partes, por ante este Juzgado en fecha 09 de Marzo de 2017, en el juicio de PARTICION DE LA COMUNIDADA CONYUGAL seguido RAMON ANTONIO MARTINEZ ROQUEZ contra MIREYA DEL CARMEN SIMANCAS MONTILLA, antes identificados, da su aprobación al mismo, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.
b) En cuanto a la solicitud de medida de prohibición de enajenar gravar el Tribunal niega la misma por cuanto no consta en autos el decreto de dicha medida.
c) Archivase el expediente, en la oportunidad legal correspondiente.
d) No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece a la propia voluntad de las partes.-