En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre las partes por ante este Juzgado, en fecha 27 de Enero de 2017, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (Intimación), seguido por LISBETH PEROZO ABREU, actuando con el carácter de Endosataria en Procuración del ciudadano BENITO JOSE RAMIREZ MONTILVA contra ROMER YUNIEL SUAREZ COLINA, antes identificados, le da su aprobación al mismo, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.-
b) Se ordena la devolución del documento original solicitado, previa su certificación en actas, por lo que se insta a la parte demandada a consignar las copias simples correspondientes.-
c) No se archiva el expediente por estar pendiente el cumplimiento de la obligación.
d) No hay condenato.....