En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) HOMOLOGADA LA TRANSACCION celebrado por la parte demandante Sociedad Mercantil P.P.S, C.A, y la Sociedad Mercantil LODOS DE VENEZUELA, COMPAÑÍA ANONIMA, (LOVENCA), en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), seguido Sociedad Mercantil P.P.S, C.A, contra Sociedad Mercantil LODOS DE VENEZUELA, COMPAÑÍA ANONIMA, (LOVENCA), ya identificados, por ante este Tribunal, en fecha 28 de Julio de 2011, da su aprobación al mismo, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.-
d) No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece a la propia voluntad de las partes.-