En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
• En el juicio de ALIMENTOS seguido por DEYANIRA BEATRIZ PIRELA ROMERO en contra de RENY JESUS RIERA PAEZ, ya identificados, medida preventiva de embargo sobre: el TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo o salario que le pueda corresponder al demandado ciudadano RENY JESUS RIERA PAEZ, antes identificado, como trabajador al servicio de la empresa PDVSA, a cual deberá ser entregada directamente a la demandante por DEYANIRA BEATRIZ PIRELA ROMERO. Igualmente, decreta medida preventiva de embargo sobre el treinta por ciento (30%) por concepto de utilidades y bono vacacional que le pueda corresponder al demandado en el presente año; dichas cantidades de dinero deberán ser remitidas en cheque de gerencia a nombre de este Tribuna.....