En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la medida de embargo solicitada sobre los conceptos:
Prestaciones Sociales y Caja de Ahorros, así como también sobre los conceptos: Sueldo o salario, Bonificación de Fin de año o Utilidades, Bono Vacacional.- Así se decide.-
No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza de la presente decisión.