Por los fundamentos expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de conversión de la Separación de Cuerpos y Bines en Divorcio, y en consecuencia disuelto el Matrimonio Civil contraído por los ciudadanos GILBERTO ENRIQUE FERRER FUENMAYOR y NORA ANGELA AÑEZ DE FERRER, ya identificados, el día veintiuno (21) de Julio de mil novecientos sesenta y siete (1967), ante el Juzgado del Municipio Cacique Mara de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, según se evidencia en el acta de matrimonio Nro. 28.- Remítase copia certificada de la presente decisión al funcionario que presenció el Matrimonio y al Registrador Principal del Estado Zulia, haciéndosele la debida participación, a los fines legales consiguientes