. En consecuencia, y por las razones anteriormente expuestas, se suspende la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Juzgado en fecha ocho (08) de octubre de 2015, y que recayera sobre: un inmueble constituido por un apartamento distinguido con las siglas PB-B, de la Torre II, que forma parte del edificio Residencias Virginia Palace, situado el mismo en la avenida 3D con calle 60, sector DON BOSCO, en jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, construido sobre una parcela de terreno con un área de cuatro mil quinientos cuarenta y seis metros cuadrados con sesenta centímetros (4.546,60 Mts.2) según consta en plano de mensura con el numero RM-2005-03-0059 en fecha mayo de 2004, otorgado por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y al cual le corresponde el código catastral numero 231314U01008013021, comprendido todo dentro de los siguientes linderos Norte: con propiedad que e.....